Relación de Autores
Presentación a la edición española
Luis Arroyo Zapatero
Presentación
Mireille Delmas-Marty, Mark Pieth y Ulrich Sieber
Introducción. Objetivos y metodología
I
Campos de experimentación de la armonización penal
Capítulo I. El Estatuto de la Corte Penal Internacional: un derecho represivo de nueva generación
Juliette Lelieur
Capítulo II. El efecto armonizador del Estatuto de la Corte Penal Internacional
Emanuela Fronza y Ezequiel Malarino
Capítulo III. La represión de la trata de seres humanos a lo largo del siglo XIX: una descripción de la polifonía de los intentos de armonización penal
Nadja Capus
Capítulo IV. De la lucha contra la esclavitud y la trata de blancas a la proscripción del tráfico de seres humanos
Luis Arroyo Zapatero
Capítulo V. El control de la complejidad en el ciberespacio global: la armonización de los delitos informáticos
Ulrich Sieber
Capítulo VI. ¿Una aproximación armonizada para combatir el terrorismo internacional? Un camino a seguir
Naomi Norberg
Capítulo VII. La armonización del Derecho penal: la prevención de la corrupción como caso de estudio
Mark Pieth
Capítulo VIII. El huevo o la gallina: los intereses financieros de la Unión Europea y la armonización penal
Carlo Sotis
Capítulo IX. La ?parábola? de la armonización penal: a propósito de las dinámicas de integración normativa relativa a la organización criminal
Stefano Manacorda
Capítulo X. La armonización de las sanciones en Europa
Alessandro Bernardi
Capítulo XI. ¿Americanización o europeización del Derecho penal económico?
Adán Nieto Martín
II
Elementos para una teoría de la armonización penal
Introducción
Capítulo I. Los actores del cambio
Mark Pieth
Capítulo II. Los factores que guían la armonización del Derecho penal
Ulrich Sieber
Capítulo III. Los procesos de interacción
Mireille Delmas-Marty
Capítulo IV. Los modelos de armonización
Mireille Delmas-Marty
Conclusión. Evaluación crítica de las prácticas en relación a los modelos
El Derecho penal del Estado moderno fue un derecho esencialmente territorial, al modo de la moneda nacional. Pero la vida contemporánea desde los albores del siglo XX ha sido sacudida por poderosos factores de la internacionalización, las más de las veces en la forma de las guerras, a las que han seguido intentos de someter al Derecho en general y también al Derecho penal a los agentes estatales, además de a los ciudadanos en particular. Hoy en día, además, los factores contemporáneos de la globalización económica, sin la barrera de las fronteras y las leyes, se acompañan por las propuestas de quienes reclaman y persiguen el que la globalización respete y se rija por los principios de los Derechos humanos, tanto políticos como sociales. En el tiempo anterior a la primera Guerra Mundial sólo encontramos tres manifestaciones del Derecho penal internacional: la proscripción de la piratería y su confi guración como delito internacional perseguible por todos y en cualquier lugar, a partir de Tratado de Utrecht en 1712, la lucha contra ?la trata de blancas? desde 1904 y las primeras convenciones relativas al Derecho de la guerra desde el Tratado de la Haya de 1899 y especialmente de 1907. En la esfera de las propuestas resulta muy notable el proyecto de estatuto para una Corte penal internacional presentado por el fundador de la Cruz Roja Gustavo Moyner en la temprana fecha de 1864.