COMO PRESENTAR UNA DEMANDA ANTE TRIBUNAL EUROPEO DERECHO HUMANOS

COMO PRESENTAR UNA DEMANDA ANTE TRIBUNAL EUROPEO DERECHO HUMANOS

MORTE GOMEZ, CARMEN

35,00 €
IVA incluido
No disponible
Editorial:
TIRANT LO BLANCH
Año de edición:
2011
ISBN:
978-84-9004-168-0
Páginas:
340
Encuadernación:
Otros
Colección:
ABOGACIA PRACTICA
35,00 €
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Prólogo

Presentación


I. El Consejo de Europa y el Convenio Europeo de Derechos Humanos

1. Orígenes del Consejo de Europa
2. El mecanismo de control fijado en el Convenio Europeo de Derechos Humanos y la primera reforma del mecanismo de control: el Protocolo n° 11
3. Necesidad de nuevas reformas para hacer frente a la sobrecarga del Tribunal: el Protocolo n° 14
4. Los derechos protegidos por el Convenio y sus Protocolos
4.1. Los derechos civiles y políticos
4.2. Derechos absolutos, derechos a la tutela judicial efectiva, a la libertad y otras disposiciones de carácter general, y derechos sometidos a restricción
4.3. Derechos de creación jurisprudencial: protección indirecta
4.4. El Convenio no protege derechos ilusorios, sino reales


II. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos

1. Competencia
2. Organización
2.1. Los jueces
a) Número de jueces
b) Elección de los jueces y condiciones de ejercicio de sus funciones
c) Duración del mandato y revocación
2.2. El Presidente del Tribunal y el Bureau
2.3. Los Jueces ad hoc
2.4. La Secretaría
a) Objetivos y funciones
b) El Secretario, los Secretarios de Sección y los Secretarios adjuntos de Sección
c) Los Letrados de las Divisiones jurídicas
d) Los Relatores
e) Los Letrados de otras Divisiones
3. Estructura y funcionamiento
3.1. El Tribunal en pleno
3.2. Las formaciones jurisdiccionales
a) El Juez único
b) Los Comités de tres Jueces
c) Las Salas de siete Jueces
d) La Gran Sala de diecisiete Jueces
3.3. El Colegio de cinco Jueces
3.4. El Juez ponente


III. Inicio del procedimiento

1. Presentación de la demanda
1.1. Quién puede dirigirse al TEDH
1.2. Cómo dirigirse al TEDH
1.3. Efectos de la remisión del primer escrito al TEDH
1.4. Plazos a tener en cuenta para la introducción de la demanda
1.5. El formulario de demanda
1.6. La representación letrada no es obligatoria para iniciar el procedimiento
1.7. Solicitud de anonimato al inicio del procedimiento
1.8. El orden de tratamiento de las demandas
1.9. La pagina web del TEDH: http://www.echr.coe.int
2. Primer examen de la demanda (comunicación o inadmisión de plano)
2.1. Examen por la formación de Juez único
2.2. Examen por un Comité
a) Inadmisión de plano de la demanda
b) Comunicación de la demanda y procedimiento posterior
2.3. Examen por una Sala de siete jueces
a) Inadmisión de plano de la demanda
b) Comunicación de la demanda y escritos procesales de las partes
i Representación procesal de los demandantes
ii. Idiomas del procedimiento
iii. Observaciones de las partes
iv. Intervención de terceros
IV. Examen de admisibilidad y fondo

1. Acuerdo amistoso entre las partes
2. Celebración de vista
3. Decisión sobre la admisibilidad o Sentencia
4. Inhibición de la Sala (artículo 30 del Convenio)
5. La Sentencia
6. Reenvío o remisión ante la Gran Sala (artículo 43 del Convenio)
7. Algunas peculiaridades del examen por parte de la Gran Sala
8. Sentencias piloto
9. Solicitud de aclaración de Sentencia
10. Solicitud de revisión de Sentencia
11. Rectificación de errores en las Decisiones y Sentencias


V. Algunas notas sobre la ejecución de las sentencias

1. Obligación de resultado con libre elección de los medios para alcanzarlo
2. Las indicaciones del Tribunal para la ejecución de la Sentencias
3. El control de la ejecución de las Sentencias por el Comité de Ministros
3.1. Recursos creados por el Protocolo nº 14 para favorecer la ejecución de la Sentencias
4. El procedimiento de reapertura de procedimientos judiciales en los Estados


VI. Requisitos de admisibilidad de la demanda: Artículos 34 y 35 del Convenio Europeo de Derechos Humanos

1. Introducción
2. Agotamiento de la vía judicial previa a la interposición de la demanda ante el TEDH
2.1. Justificación del requisito
2.2. Momento de la justificación
2.3. Forma de la justificación
2.4. Casos particulares
a) Duración excesiva
b) Defectos de forma
3. Plazo de interposición de la demanda: la regla de los seis meses
3.1. Ideas previas
3.2. Cómputo del plazo de interposición
3.3. Inicio del plazo
3.4. Fin del plazo
3.5. Situaciones continuas
4. Falta manifiesta de fundamento de la demanda
4.1. Introducción
4.2. Ejemplos
a) Intento de convertir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos en una jurisdicción de reexamen de hechos y pruebas
b) Intento de convertir el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en una jurisdicción de reinterpretación de la legalidad interna
c) Otros casos de demandas manifiestamente mal fundadas
5. Competencia ratione materiae: ¿de qué puedo quejarme?
5.1. Esfera penal del artículo 6 § 1
Aplicación (o no aplicación) del artículo 6 al caso concreto: ejemplos
5.2. Esfera civil del artículo 6 § 1
Aplicación (o no aplicación) del artículo 6 al caso concreto: ejemplos
5.3. Aplicabilidad del artículo 8 del Convenio
a) La «vida privada»
b) La «vida familiar»
c) El «domicilio» y la «correspondencia»
5.4. Campo de aplicación del artículo 1 del Protocolo nº 1
6. Legitimación para recurrir y titularidad: noción de víctima y derecho de recurso individual
7. Competencia territorial, ratione personae y temporis del TEDH
7.1. Competencia territorial /noción territorial de jurisdicción
7.2. Competencia ratione personae
7.3. Competencia ratione temporis
8. Demandas anónimas, abusivas o esencialmente iguales
8.1. Demandas anónimas
8.2. Demandas abusivas
8.3. Demandas esencialmente iguales
a) Demanda examinada anteriormente por el Tribunal
b) Demanda presentada ante una instancia internacional de investigación o arreglo
i. Demanda esencialmente la misma
ii. Otra instancia internacional de investigación o de arreglo
iii. Hechos nuevos
iv. No constituyen hechos nuevos
v. Litispendencia
vi. Ne bis in idem
9. Ausencia de perjuicio importante


VII. La adopción de medidas cautelares: Artículo 39 del Reglamento

1. Funcionamiento práctico
2. ¿Carácter jurídicamente vinculante de las medidas cautelares?
3. Carga de la prueba y garantías diplomáticas
4. Campo de aplicación y ejemplos
4.1. Casos de conversos a otra religión
4.2. Demandantes acusados de adulterio
4.3. Casos de alegación de riesgo de mutilación genital, de tráfico de personas y explotación sexual o de expulsión de mujeres solas a Afganistán
4.4. Casos de refugiados políticos o de personas susceptibles de protección internacional
4.5. Riesgo, en caso de expulsión o de privación de libertad, relacionado con la salud
4.6. Riesgo, en caso de expulsión, de condena a pena de muerte o a cadena perpetua
4.7. Aplicación del artículo 39 del Reglamento en casos en que se invocan los artículos 5 y 6 del Convenio
4.8. Otros casos


ANEXOS

I. Convenio, protocolos, Formulario de demanda, Nota informativa y Poder
II. Reglamento del TEDH en español
III. Preguntas frecuentes


Listado de sent

La reciente reforma operada en el Convenio Europeo de Derechos Humanos por el Protocolo n° 14 ha introducido importantes novedades en la organización y procedimiento ante el Tribunal de Estrasburgo a fin de poder hacer frente de manera más ágil y eficaz al número creciente de demandas. Esta obra, de carácter eminentemente práctico, explica de manera clara y precisa estas novedades y constituye -en la línea del anterior libro de la autora publicado por esta editorial una excelente guía práctica para abogados y procuradores, así como para los particulares, que no hayan visto satisfechos sus derechos en el ámbito interno y quieran presentar una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Por su contenido y tratamiento este libro también resulta de interés y utilidad a estudiantes y estudiosos de los derechos humanos y del derecho procesal convencional.
Se incluye en anexo, además del texto del Convenio y del formulario oficial de demanda acompañado de las instrucciones para completarlo, la traducción al español, realizada por la autora, del Reglamento del Tribunal Europeo de Derechos Humanos con las últimas modificaciones en vigor desde el 1 de junio de 2010 y 1 de abril de 2011.
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