GARANTIAS DEL PROCEDIMIENTO PRELEGISLATIVO, LAS

GARANTIAS DEL PROCEDIMIENTO PRELEGISLATIVO, LAS

GARRIDO MAYOL, VICENTE

29,00 €
IVA incluido
No disponible
Editorial:
TIRANT LO BLANCH
Año de edición:
2011
ISBN:
978-84-9985-042-9
Páginas:
335
Encuadernación:
Otros
Colección:
MONOGRAFIAS
29,00 €
IVA incluido
No disponible

PRÓLOGO

INTRODUCCIÓN


I. LA INICIATIVA LEGISLATIVA DEL GOBIERNO

A) El liderazgo del Ejecutivo en el impulso de la actividad legislativa en el régimen parlamentario de Gobierno.
B) La preeminencia gubernamental en la iniciativa legislativa.
C) Referencia a la iniciativa legislativa gubernamental en las Comunidades Autonómas.


II. EL PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN DE LOS PROYECTOS DE LEY

A) La necesidad de un depurado proceso
a) El impulso del procedimiento y la motivación del Anteproyecto de Ley
b) Los Informes Técnicos acerca de la necesidad y oportunidad de la iniciativa legislativa.
c) La cuantificación del coste de la aplicación de la norma proyectada: la Memoria económica.
d) La preceptiva valoración del impacto de género.
e) El conocimiento del Anteproyecto de Ley por los miembros del Gobierno.
f) Las consultas preceptivas y las convenientes a los fines de la norma proyectada.
g) La intervención del Consejo de Estado o de los Consejos Consultivos autonómicos
B) Alcance competencial de las Comunidades autónomas para la regulación del procedimiento de elaboración de anteproyectos de ley y de disposiciones de carácter general.
C) Breve referencia al procedimiento prelegislativo en el derecho comparado.



III. LA ELABORACIÓN TÉCNICA DE LOS PROYECTOS DE LEY

A) La seguridad jurídica como parámetro de validez y eficacia de las normas jurídicas.
a) La seguridad jurídica: aproximación a su concepto.
b) La seguridad jurídica en la Constitución y en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
c) El carácter perturbador de las normas deficientes.
d) La abundancia de normas y la proliferación de textos legales como degradación de la seguridad jurídica.
e) La desvirtuación del procedimiento legislativo y de lo que debe ser una ley.
f) La consecución de los objetivos esenciales.
1. El principio de confianza legítima.
2. La certeza de la norma vigente.
3. La claridad del texto de la norma.
B) La adecuación de las normas al ordenamiento en el que se han de integrar.
a) La acomodación a los preceptos y principios de la Constitución y al bloque de constitucionalidad.
b) La regulación de los derechos fundamentales. Contenido y límites de las determinaciones normativas.
c) El respeto a la legislación básica.
d) El derecho comunitario europeo.
C) La innovación legislativa: algunos límites.
a) La retroactividad y la retrospección.
b) La responsabilidad patrimonial pública.
c) El respeto de los derechos adquiridos.
D) La técnica normativa: especial referencia a la Unión Europea.
a) La calidad de las normas jurídicas.
1. La calidad normativa.
2. La calidad lingüística.
a'. El léxico jurídico.
b'. La gramática.
c' La ortografía.
d'. El llamado «lenguaje no sexista».
b) La forma de las leyes.
1. Las directrices sobre la forma y estructura de los anteproyectos de ley.
a'. Naturaleza jurídica.
b'. Competencia para dictarlas.
c'. Contenido y características.
2. La estructura de los anteproyectos de ley
a'. El Título.
b.' La parte expositiva.
c'. La parte dispositiva.
d'. La parte final.
e'. Los Anexos.
f'. Las leyes modificativas.


IV. LA APROBACIÓN DE LOS PROYECTOS DE LEY

A) El acto por el que se aprueba el proyecto de ley: la dicotomía acto político-acto de Gobierno.
a) Planteamiento general.
b) Delimitación conceptual.
c) Antecedentes histórico-políticos.
d) Los actos políticos en el ordenamiento español.
e) Los actos políticos en la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional.
B) El acuerdo de aprobación de un proyecto de ley como acto del Gobierno y el proyecto de ley como norma proyectada: su posible control jurisdiccional.
C) La impugnación por el Gobierno de la Nación de las disposiciones y resoluciones de los Gobiernos autonómicos.
a) La impugnación al amparo del artículo 161.2 de la Constitución ante el Tribunal Constitucional
b) ¿Procede la impugnación de un proyecto de ley?

BIBLIOGRAFÍA

La abundancia de leyes y los constantes cambios a los que están sometidas justifican la necesidad de observar un depurado procedimiento para la elaboración de los proyectos de ley, -la mayoría de leyes son de origen gubernamental-, en el que se valoren su oportunidad y viabilidad, las opiniones de los conocedores de la materia que trata de regular y, en ocasiones, las de sus principales destinatarios, y durante el que se vayan puliendo las imperfecciones del texto inicial, a fin de lograr la claridad, precisión, rigor, exactitud, coherencia y armonía, predicables de toda norma jurídica. Por ello, también es necesaria una observancia cuidadosa de lo que se conoce como técnica normativa a fin de hacer efectivo el principio de seguridad jurídica constitucio-nalmente consagrado. El acuerdo aprobatorio de un proyecto de ley debe ser objeto de control jurisdiccional mediante un procedimiento de urgencia, control que, en modo alguno, debe alcanzar al proyecto de ley dado su carácter de norma proyectada.

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