PRUEBA ANTICIPADA EN EL PROCESO PENAL ITALIANO, LA 743

PRUEBA ANTICIPADA EN EL PROCESO PENAL ITALIANO, LA 743

FLORES PRADA, IGNACIO

29,00 €
IVA incluido
No disponible
Editorial:
TIRANT LO BLANCH
Año de edición:
2011
ISBN:
978-84-9985-057-3
Páginas:
262
Encuadernación:
Otros
Colección:
MONOGRAFIAS
29,00 €
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Prólogo

Planteamiento


I. ALGUNAS IDEAS SOBRE EL MODELO ITALIANO DE JUSTICIA PENAL

1. Del inquisitorio garantito al acusatorio (1807-1988)
A) Los inicios de la codificación en una Italia dividida: la influencia francesa en la forma y en el fondo
B) Los primeros códigos de la unidad italiana
C) El longevo código Rocco y las propuestas doctrinales para la futura reforma
2. Los fundamentos del nuevo proceso penal italiano
3. Contrarreforma y reconducción acusatoria: modificaciones y ajustes jurisprudenciales al cpp de 1989
A) Contrarreforma
B) Reconducción acusatoria


II. CONCEPTO, REGULACIÓN Y FUNDAMENTO PROCESAL DEL «INCIDENTE PROBATORIO»

1. Concepto y naturaleza jurídica
2. Regulación
A) Antecedentes
B) La regulación original en el cpp de 1989
C) La evolución legislativa y jurisprudencial del «incidente probatorio» a partir de 1989
a) La ampliación ideológica del incidente probatorio en los primeros años de vigencia del cpp de 1989
b) La ampliación técnica del incidente probatorio (1995-2000)
- La utilización del incidente probatorio en la fase de audiencia preliminar (la sentencia de la Corte Constitucional n. 77 de 1995)
- La utilización del incidente probatorio para el testimonio de menores víctimas de delitos contra la libertad sexual (las leyes n. 66 de 1996 y 269 de 1998)
- La aplicación del incidente probatorio a las declaraciones del coimputado, o de imputados en procedimientos conexos
c) La ampliación del incidente probatorio en la investigación de la defensa (2000)
d) Las recientes reformas del proceso penal italiano y su influencia en el incidente probatorio
- La fallida ley n. 124 de 23 de julio de 2008, sobre suspensión de procesos penales e inmunidad política
- Un importante giro inquisitivo: la ley n. 38, de 23 de abril de 2009 sobre Medidas Urgentes en materia de Seguridad Pública, Violencia Sexual y Actos de Persecución
D) La regulación vigente
3. Los fundamentos procesales del «incidente probatorio»


III. PRESUPUESTOS DE APLICACIÓN

1. Límites temporales
2. Presupuestos objetivos
A) Actos no aplazables al momento del juicio, actos irrepetibles y actos urgentes
a) Actos o diligencias urgentes
b) Actos inaplazables al momento del juicio
c) Actos no repetibles
B) Actos no aplazables que pueden ser objeto de prueba anticipada


IV. LOS CASOS DE «INCIDENTE PROBATORIO» PERMITIDOS POR LA LEY

1. Declaraciones
A) Testificales
a) Testigos que previsiblemente no podrán comparecer en juicio
b) Testigos previsiblemente sometidos a presiones para modificar el testimonio
c) Testigos menores o víctimas (menores o mayores de edad) en procedimientos por delitos sexuales
B) Interrogatorio de imputados
a) Interrogatorio del coimputado
b) Interrogatorio de imputado en delito conexo
2. Careos
3. Periciales
A) Periciales con modificación previsible del objeto de pericia
B) Periciales de previsible larga duración
4. Reconocimiento de personas o cosas
5. Otros supuestos de incidente probatorio no previstos en el art. 392 cpp
A) Pericia para determinar la capacidad procesal del imputado
B) Autopsia para determinar la causa de la muerte
C) Pericia que implica la modificación o destrucción del objeto pericial


V. TRAMITACIÓN PROCESAL DEL «INCIDENTE PROBATORIO»

1. Solicitud
A) Legitimación
B) Órgano competente al que dirigir la solicitud
C) Plazo para solicitar la práctica de incidente probatorio
D) Forma y contenido de la solicitud
a) Forma
b) Contenido
c) La aportación de los resultados de la investigación por el Ministerio Público
E) Notificación de la solicitud a las demás partes
2. El trámite de admisión
A) El debate sobre la admisibilidad
a) Alegaciones sobre admisibilidad
b) Solicitud de ampliación del incidente probatorio
c) Depósito de objetos y aportación de documentos
d) Solicitud de aplazamiento
B) Resolución judicial
a) Plazo
b) Inadmisibilidad del incidente probatorio solicitado
c) La desestimación de la solicitud de práctica de incidente probatorio
d) La admisión de la práctica de prueba anticipada: contenido esencial
e) La renuncia a la práctica del incidente probatorio
f) Posibles disposiciones específicas de la resolución estimatoria
- Práctica concentrada de varios incidentes probatorios
- Práctica de incidente probatorio mediante auxilio judicial
- Adopción del procedimiento especial para la declaración de testigos menores o víctimas de delitos sexuales
- La comparecencia forzosa del imputado
C) La impugnación de la resolución judicial
3. La práctica de la prueba anticipada
A) Presencia de las partes
a) Incidente probatorio practicado durante la fase de investigación preliminar
b) Incidente probatorio practicado durante la audiencia preliminar
B) Forma de la práctica de la prueba
a) Consideraciones generales
b) Testifical ordinaria
c) Testifical de personas psicológicamente vulnerables
d) Prueba pericial
C) Límites objetivos y subjetivos en la práctica de la prueba anticipada
D) Tiempo, lugar y forma de la práctica de la prueba anticipada


VI. EFECTOS DE LA PRÁCTICA ANTICIPADA DE LA PRUEBA

1. Utilización de la prueba anticipada en fases del procedimiento anteriores al juicio oral
A) La utilización de la prueba anticipada en la fase de investigación preliminar
a) Prueba anticipada y orientación de la investigación preliminar
b) Prueba anticipada, medidas cautelares y archivo del procedimiento
c) Prueba anticipada y tipo de procedimiento
B) Utilización de la prueba anticipada en la fase de audiencia preliminar
2. Utilización en juicio de las pruebas practicadas anticipadamente
A) La regla de exclusión
B) La forma de incorporar al juicio las pruebas practicadas a través de incidente probatorio
3. Utilización de la prueba anticipada frente a la parte civil


APÉNDICE

BIBLIOGRAFÍA

¿En qué casos las diligencias practicadas durante la instrucción alcanzan por sí mismas valor probatorio en el juicio? Desde un punto de vista teórico, la respuesta a esta pregunta es importante porque marca la línea de separación entre instrucción y juicio, separación que constituye uno de los principios fundamentales, como se sabe, del moderno proceso penal acusatorio. Desde la práctica, interesa a las partes saber con precisión qué diligencias de la investigación pueden resultar "congeladas" o "prefabricadas" para que alcancen eficacia probatoria directa en el juicio oral, y cuál debe ser su régimen, requisitos y efectos. Pese a ello, el derecho español no ofrece una respuesta clara, ni normativa ni jurisprudencial, al problema de la llamada "prueba anticipada". En esta, como en otras muchas cuestiones, queda reflejada la crisis que padece nuestra política legislativa en materia de proceso penal, incapaz de sustituir la vieja ley de 1882 por un modelo moderno y eficaz de justicia criminal que proporcione soluciones claras a los principales problemas actuales del enjuiciamiento penal.A diferencia de lo que sucede en España, Italia cuenta con un nuevo código de justicia penal desde 1989, de corte acusatorio, que incluye una regulación completa y sistemática de la "prueba anticipada". Tanto en los trabajos de preparación del nuevo código italiano, como en los años que han transcurrido desde su entrada en vigor, el "incidente probatorio" se ha revelado como una institución clave en la tensión entre quienes apuestan por el acusatorio y quienes no olvidan del todo el inquisitivo. En esta obra el lector encontrará un análisis introductorio al vigente modelo italiano de justicia penal, y un estudio completo de los antecedentes, supuestos, procedimiento y efectos de la prueba anticipada en el proceso penal italiano.\

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