RESERVA DE INVERSIONES EN CANARIAS, LA

RESERVA DE INVERSIONES EN CANARIAS, LA

GOMEZ ACEDO, JAVIER VARONA

29,00 €
IVA incluido
No disponible
Editorial:
TIRANT LO BLANCH
Año de edición:
2010
ISBN:
978-84-9876-903-6
Páginas:
302
Encuadernación:
Otros
Colección:
MONOGRAFIAS
29,00 €
IVA incluido
No disponible

I. Prologo


II. Presentación

1. El contexto económico y social en el que se desenvuelve el régimen económico y fiscal de Canarias
1.1. El proceso de terciarización de la economía canaria
2. El objetivo del blindaje de nuestro REF en el marco constitucional y estatutario
3. Instrumentos de política económica y fiscal contenidos en el REF: propuestas de mejora y planteamientos de futuro
3.1. Marco económico del REF
3.2. Marco fiscal del REF
3.2.1. Reserva para inversiones en Canarias (artículo 27, Ley 19/1994)
3.2.2. Régimen especial de las empresas productoras de bienes corporales (artículo 26, Ley 19/1994)
3.2.3. Deducción por inversiones en Canarias (artículo 94, Ley 20/1991)
3.2.4. Zona especial canaria (arts. 28 a 71, Ley 19/1994)
3.2.5. Zonas francas canarias (art. 72, Ley 19/1994)
3.2.6. Inversiones de Canarias en el exterior


III. Ponencias


Ponencia 1ª
El concepto de actividad empresarial o económica en la aplicación de la ley 19/1994 en cuanto a la reserva para inversiones en Canarias y su incidencia en los grupos de sociedades
Javier Eugenio López Candela

1. Introducción
2. Una cuestión previa: la invocada interpretación restrictiva de la RIC

3. La noción de establecimiento y actividad económica
4. La actividad económica de promoción inmobiliaria
5. La actividad económica de arrendamiento
6. Las sociedades en régimen de transparencia fiscal o patrimoniales
7. La actividad económica de los grupos de sociedades


Ponencia 2ª
Las dotaciones a la RIC y los beneficios extraordinarios: el antes y el después de la modificación normativa de 2007
Jesús Cudero Blas

1. El concepto de «beneficio» en la redacción originaria del artículo 27 de la ley 19/1994. Distintas posiciones de la administración, los tribunales de justicia y la doctrina
2. La modificación operada por el real decreto-ley 12/2006, de 29 de diciembre
3. El beneficio apto para la dotación en la doctrina del TSJ de Canarias
4. El criterio de la sala de lo contencioso administrativo de la audiencia nacional
5. El problema de la carga de prueba
6. La «interpretación razonable de la norma» en las indebidas dotaciones a la RIC por causa de la inaptitud de los beneficios
7. Conclusiones


Ponencia 3ª
La incidencia de los incumplimientos formales en la aplicación de la RIC
Margarita Pérez Santana

1. Doctrina económico-administrativa y contencioso-administrativa sobre los requisitos formales en la dotación de la RIC vigente hasta 2006
1.1. Declaración del Impuesto en plazo
1.2. Extemporáneas
1.3. Complementarias
1.4. Regularización en sede inspectora
1.5. Mantenimiento de la cuenta de RIC en balance
2. Breve referencia a la RIC vigente a partir de 2007


Ponencia 4ª
El concepto de resultado contable en la normativa de la Reserva para inversiones en Canarias
Ignacio Medina Alonso

1. Introducción
2. Definición de beneficio desde una perspectiva contable
2.1. Acepciones del término beneficio
2.2. Cuarta Directriz de la Comunidad Económica Europea
2.3. Real Decreto 1643/1990 (PGC-90)
2.4. Real Decreto 1514/2007 (PGC-08)
2.5. Consulta BOICAC número 42 sobre contabilización de la RIC
2.6. Concepto de beneficio distribuible objeto de dotación
2.7. Modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades
3. Definición del beneficio desde una perspectiva fiscal
3.1. Doctrina administrativa
3.2. Concepto de «beneficio» en el artículo 27 de la Ley 19/1994
3.3. Comunicaciones de la Comisión Europea Por su parte, en las comunicaciones de la Comisión
3.4. Normativa precedente
3.5. Normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
3.6. Nueva redacción del artículo 27 dada por Real Decreto Ley 12/2006
3.7. Otros incentivos fiscales con la misma problemática
3.8. Incompatibilidades con otros beneficios fiscales
3.9. Inseguridad jurídica



Ponencia 5ª
La inversión en bienes inmuebles para su arrendamiento
Jaime Borrás Moya

I. Introducción
2. El arrendamiento de inmuebles
3. Breve referencia al plazo de materialización y entrada en funcionamiento de la inversión
4. Incidencia de la nueva ley 12/2006, de 29 de diciembre en materia de alquileres
5. Conclusiones


Ponencia 6ª
Compatibilidad de la RIC: la aplicación de otros incentivos fiscales para inversiones materializadas con dotaciones a la RIC
José Andrés González Sánchez

1. Itinerario de compatibilidad o incompatibilidad sucesivas de la RIC con otros beneficios fiscales
1.1. RIC y deducción por inversiones/exención por reinversión
1.2. Diferimiento por reinversión
1.3. Incompatibilidad con la deducción del art. 36 ter de la Ley 43/95
1.4. Deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades (Ley 43/1995)
1.5. Libertad de amortización en régimen de empresas de reducida dimensión (109 TRLIS)
1.6. Bonificación por producción de bienes corporales
1.7. Vacaciones fiscales
1.8. Materialización indirecta. Incompatibilidad con el disfrute de beneficios fiscales a la inversión por la sociedad participada en cuyas acciones se materializó la RIC
1.9. Incompatibilidad con el régimen de la zona especial Canaria
1.10. Redacción vigente del artículo 27 de la Ley 19/1994
2. Compatibilidad o no de la RIC con la deducción por doble imposición interna del impuesto sobre sociedades
2.1. Deducción por doble imposición. Finalidad
2.2. Encuadre normativo de las incompatibilidades
3. Reordenación de beneficios fiscales
3.1. La posibilidad de que con ocasión y como consecuencia de una regularización por parte de la administración de una indebida dotación o materialización a la RIC, pueda resultar de aplicación otro beneficio fiscal al que el sujeto pasivo no se había acogido originariamente. (Deducción por Inversiones en Canarias partiendo de las adquisiciones en que se concretó una materialización de la RIC considerada incorrecta, Exención o Deducción por Reinversión de Beneficios Extraordinarios integrados originariamente en una dotación a la RIC considerada incorrecta...)
3.2. Con ocasión de una comprobación tributaria sobre otro beneficio fiscal se estima este improcedente solicitándose por el contribuyente la aplicación de la RIC
3.3. Saldos de DIC aplicados a la cuota íntegra resultante de una regularización por RIC


Comunicaciones mesa redonda

Dos aspectos de la RIC: su aplicación según el sistema de fuentes del derecho y el nuevo régimen sancionador
Francisco Hernández González

1. La aplicación de la RIC vigente hasta 31/12/2006 según el sistema de fuentes del derecho
2. El régimen infractor y sancionador introducido por la nueva redacción del artículo 27 de la ley 19/1994


Interpretación jurídica y reserva para inversiones en Canarias: el beneficio susceptible de dotación y el plazo de entrada en funcionamiento
Víctor Manuel Sánchez Blázquez

1. Introducción
2. Los límites y los peligros de la interpretación finalista

Cuando los impulsores me propusieron organizar unas Jornadassobre la problemática de la Reserva de Inversiones de Canarias,(RIC), mi primera impresión fue una mezcla de extrañeza y pereza.Extrañeza por cuanto en el año 2010, sumidos en plena crisis económicainternacional y negras perspectivas en la economía canaria,parecía extravagante refl exionar sobre una especialidad fi scal dirigidaa dar destino a unos más que nunca improbables benefi ciosempresariales. Pereza, porque en mi actividad jurisdiccional habíapuesto decenas, cientos quizá, de sentencias sobre la materia, de formaque el posible estudio de la problemática de la RIC., me parecíaagotada.Sin embargo, la persistencia de algunos profesionales del asesoramientofi scal y de la Confederación Canaria de Empresarios ysobre todo el entusiasmo y poder de convicción de Andrés Fermoso,me hicieron alumbrar dos evidencias hasta entonces incomprensiblementedesatendidas: los estímulos a la inversión, correctamenteentendidos, deben ser un instrumento especialmente útil en periodosde crisis y en tal sentido la RIC no debe considerarse como unrefugio para aliviar la presión fi scal en épocas de bonanza, sino, porel contrario, como un estimulo, un acicate, para generar inversionesque ayuden a salir de los ciclos de depresión económica. La confi -guración de la RIC., como potente instrumento de la política económica,debe adaptarse a las cambiantes circunstancias y ciclos dela economía canaria para responder a las fi nalidades con que se incluyóen la institución canaria de rango constitucional: su Régimeneconómico fi scal.