GENOCIDIO EN EL DERECHO PENAL INTERNACIONAL, EL

GENOCIDIO EN EL DERECHO PENAL INTERNACIONAL, EL

FERNANDEZ-PACHECO ESTRADA, CRISTINA

35,00 €
IVA incluido
No disponible
Editorial:
TIRANT LO BLANCH
Año de edición:
2011
ISBN:
978-84-9985-009-2
Páginas:
412
Encuadernación:
Otros
Colección:
MONOGRAFIAS
35,00 €
IVA incluido
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PRÓLOGO

AGRADECIMIENTOS

ABREVIATURAS

INTRODUCCIÓN


CAPÍTULO PRIMERO
LA DETERMINACIÓN DEL BIEN JURÍDICO PROTEGIDO

I. INTRODUCCIÓN
II. DETERMINACIÓN DEL BIEN JURÍDICO PROTEGIDO
1. Referencias expresas en la jurisprudencia
2. Naturaleza del delito de genocidio
2.1. El genocidio como delito internacional
2.2. El delito de genocidio como norma de ius cogens cuya prevención y castigo constituye una obligación erga omnes
2.3. El genocidio y el principio de jurisdicción universal
2.4. La imprescriptibilidad del delito de genocidio
2.5. La existencia de una jerarquía entre delitos de Derecho Penal Internacional
2.6. Resultados
3. Aspectos típicos relevantes
3.1. Conductas típicas
3.2. La intención de destruir al grupo como tal
3.2.1. Consideraciones generales
3.2.2. La «destrucción» del grupo
3.2.3. Interpretación de la cláusula «como tal»
3.3. Resultados
4. Aplicación del delito de genocidio
4.1. Momento de la consumación
4.1.1. Consideraciones generales
4.1.2. La existencia de un contexto como requisito para la consumación
4.2. Relaciones concursales
4.2.1. Relaciones concursales en el seno del delito de genocidio
A. Pluralidad de víctimas bajo la misma modalidad
B. Pluralidad de modalidades
4.2.2. Relaciones concursales con otros delitos internacionales
4.3. Determinación de la pena
4.4. Resultados


CAPÍTULO SEGUNDO
LA INTEGRIDAD DEL GRUPO NACIONAL, ÉTNICO, RACIAL O RELIGIOSO COMO BIEN JURÍDICO PROTEGIDO EN EL DELITO DE GENOCIDIO

I. INTRODUCCIÓN
II. ACERCA DEL CONCEPTO DE GRUPO
1. Criterios para la definición del grupo
1.1. El criterio de la estabilidad del grupo
1.1.1. Desarrollo jurisprudencial
1.1.2. Definición
1.1.3. Análisis crítico
A. La estabilidad como criterio para la selección de grupos en la redacción de la Convención
B. Acerca de la validez del criterio de la estabilidad del grupo
1.2. El criterio subjetivo
1.2.1. Desarrollo jurisprudencial
1.2.2. Definición
1.2.3. Análisis crítico
1.3. Los criterios para la delimitación del grupo
1.3.1. Los criterios para la delimitación del grupo entero
1.3.2. Los criterios para la delimitación de parte del grupo
A. Criterios cuantitativos
B. Criterios cualitativos
C. Criterios de oportunidad
D. Relación entre los diversos criterios
1.3.3. Análisis crítico
2. La naturaleza nacional, étnica, racial o religiosa del grupo
2.1. Consideraciones generales
2.2. La naturaleza operativa del grupo
2.2.1. Concurrencia de una pluralidad de condiciones de distinta naturaleza

2.2.2. Caracterización del grupo a través de la ausencia de un rasgo: el enfoque negativo
A. Definición
B. Análisis crítico
2.2.3. Supuestos de autogenocidio
A. Consideraciones generales
B. Casuística
C. Análisis crítico
2.3. Categorías incluídas
2.3.1. Grupo nacional
2.3.2. Grupo étnico
2.3.3. Grupo racial
2.3.4. Grupo religioso
2.4. Otros grupos
2.4.1. Carácter exhaustivo de la enumeración y opciones abiertas: el criterio de estabilidad y la concepción social
2.4.2. Grupos de estatus conflictivo
A. Grupos lingüísticos
B. Grupos aborígenes o indígenas y tribus
C. Grupos sexuales
3. Concepto resultante de «grupo»
III. INTEGRIDAD DEL GRUPO
1. «Integridad del grupo» vs. «existencia del grupo»
1.1. Las conductas típicas en el delito de genocidio
1.2. El concepto de «destrucción del grupo»
2. La integridad del grupo
2.1. Concepto de integridad
2.2. Naturaleza de la integridad del grupo


CAPÍTULO TERCERO
PRINCIPALES CONSECUENCIAS DOGMÁTICAS DERIVADAS DE LA DETERMINACIÓN DEL BIEN JURÍDICO PROTEGIDO

I. INTRODUCCIÓN
II. DIFERENCIACIÓN ENTRE EL GENOCIDIO Y OTRAS FIGURAS
1. Diferenciación entre genocidio y crimenes de lesa humanidad
1.1. Consideraciones generales
1.2. Relación entre los crímenes de lesa humanidad y el genocidio

1.2.1. Genocidio y crímenes de lesa humanidad como delitos enteramente independientes
1.2.2. El genocidio como una forma especial de crimen de lesa humanidad
1.2.3. Genocidio y crímenes de lesa humanidad como delitos parcialmente independientes
2. Diferenciación entre genocidio y crímenes de guerra
2.1. Consideraciones generales
2.2. Relación entre los crímenes de guerra y el genocidio
2.2.1. Genocidio y crímenes de guerra como delitos enteramente independientes
2.2.2. El genocidio como una forma específica de crimen de guerra
2.2.3. Genocidio y crímenes de guerra como delitos parcialmente independientes
3. Genocidio y limpieza étnica
3.1. Consideraciones generales
3.2. Acerca de la calificación de la limpieza étnica como genocidio
III. CONSECUENCIAS DOGMÁTICAS EN LA APLICACIÓN DEL DELITO DE GENOCIDIO
1. Clasificación del delito
2. Momento de la consumación del delito
2.1. Estado de la cuestión
2.2. Propuesta
Excurso. Acerca del elemento contextual en el delito de genocidio
3. Consecuencias concursales
3.1. Relaciones concursales en el seno del delito de genocidio
3.1.1. Estado de la cuestión
3.1.2. Propuesta
3.2. Relaciones concursales externas
3.2.1. Estado de la cuestión
3.2.2. Propuesta
A. Análisis crítico del test Celebici
B. La introducción de otros criterios: el bien jurídico protegido
C. Resolución de los concursos de leyes en el Estatuto de Roma
D. ¿Es el genocidio un delito de aplicación preferente en caso de concurso de leyes?
4. Determinación de la pena
4.1. Estado de la cuestión
4.2. Propuesta
CONCLUSIONES

BIBLIOGRAFÍA

JURISPRUDENCIA

Análisis de sus elementos esenciales en el marco del Estatuto de la Corte Penal Internacional.

A pesar del creciente número de sentencias sobre el delito de genocidio, persisten todavía las dudas a propósito de la correcta interpretación de algunos de sus elementos. En este contexto y en el marco del Estatuto de la Corte Penal Internacional, la autora nos ofrece un sugestivo análisis del delito a partir del bien jurídico protegido, concepto reiteradamente ignorado en la jurisprudencia de los tribunales internacionales, que en el caso del delito de genocidio se concreta según su criterio en "la integridad del grupo nacional, étnico, racial o religioso". Tal presupuesto le lleva a estudiar con detenimiento la noción de "grupo" a efectos del delito de genocidio, enunciando una serie de rasgos que lo dotan de contenido. Este enfoque no sólo le permite clarificar la distinción entre genocidio y crímenes de lesa humanidad, sino también ofrecer interesantes propuestas para asuntos tan problemáticos como la consumación o la resolución de las relaciones concursales entre los delitos internacionales.
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