ABREVIATURAS
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I. LOS DIVERSOS ORDENES NORMATIVOS Y EL DELITO DE TERRORISMO
1.1. Derecho y Moral
1.1.1. La Moral influye en el Derecho
1.1.2. El problema de las leyes injustas
1.1.3. El pactismo y sus fundamentos
1.1.4. La privatización del Derecho penal
1.2. Derecho y Política
1.3. Realidad y creencia
1.3.1.Relatividad del conocimiento de la realidad
1.3.2. Superación por el amor natural
1.3.3. Amor, fe y creencia. Papel del Juez
II. EL TERRORISMO LINGÜÍSTICO: LA MANIPULACIÓN DEL LENGUAJE JURÍDICO Y POLÍTICO
2.1. Derecho y lenguaje
2.2. Aplicación de estos principios al terrorismo
2.2.1. ¿El terrorismo es indiferente desde un punto de vista moral?
2.2.2. ¿El tratamiento del terrorismo sólo puede ser político? (I)
2.2.3. ¿La solución para el terrorismo está en el amor?
2.2.4. El terrorismo y el lenguaje político (II)
III. ALGUNAS CONSECUENCIAS DEL CARÁCTER PROBLEMÁTICO DEL CONCEPTO Y LA NATURALEZA JURÍDICA DEL TERRORISMO
3.1. Concepto
3.1.1. Concepto jurídico y concepto criminológico
3.1.2. Métodos de tipificación del terrorismo
3.2. Naturaleza
3.2.1. Delito político
3.2.1.1. Caracteres del delito político
3.2.1.2. El terrorismo como delito político
3.2.1.3. Evolución histórica del delito político
3.2.1.4. Tratamiento jurídico actual del delito político
3.2.2. Delito internacional
3.2.3. La subjetividad del terrorista
3.2.4. Las dificultades no se acaban nunca
3.2.4.1. Dificultades en torno al concepto de terrorismo
3.2.4.2. Dificultades nacidas de la naturaleza del terrorismo
3.2.4.3. El terrorista no es un combatiente
IV. CONSECUENCIAS EN SEDE DE RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS TERRORISTAS DE LA CONFUSIÓN ORIGINADA EN TORNO A SU CONCEPTO Y NATURALEZA JURÍDICA
4.1. Generalidades: principio de proporcionalidad, derecho penal excepcional, derecho penal del enemigo
4.1.1. Criterios clásicos: principio de proporcionalidad. Derecho a la venganza de las víctimas
4.1.2. Nuevos criterios: Derecho penal del ciudadano y Derecho penal del enemigo. Derecho penal como Derecho premial
4.1.3. La reforma penal española de 2003
4.2. Determinacion de la pena
4.2.1. Las penas como armas
4.2.2. Duración de las penas
4.2.3. Concurso de delitos
4.2.4. Circunstancias agravantes
4.2.5. Circunstancias atenuantes
4.2.6 Normas procesales
4.3. Ejecucion de la pena
4.3.1. Estatuto del interno
4.3.2. Clasificación penitenciaria
4.3.3. Redención de penas por el trabajo
4.3.4. Libertad condicional
4.3.5. Responsabilidad civil derivada del delito
4.3.6. Medida de seguridad posterior a la pena o régimen de la reincidencia:
4.3.6.1. Planteamiento
4.3.6.2. Antecedentes
4.3.6.3. Diseño de la medida
4.3.7. Otros datos
4.4. Responsabilidad penal de los menores de edad por delitos de terrorismo
4.4.1. Antecedentes históricos
4.4.2. Principios generales de la LORPM
4.4.3. Estatuto de los menores terroristas introducido por la L.O. 7/2000 de 22 de diciembre
V. EL TERRORISMO, PROBLEMA INTERNACIONAL
5.1. Generalidades
5.2. Orientaciones basicas del Derecho internacional
VI. COLOFÓN PERSONAL
6.1. El Derecho y otras valoraciones
6.2. Término medio o medio término
6.3. Preocupados pero no murmuradores
6.4. La seguridad jurídica es siempre jurídica pero no es siempre seguridad
6.5. Che Guevara y la capacidad de ser compañero de inmerecidos méritos
6.6. Principios y fines (fines y principios) del Derecho penal
6.7. Responsabilidad objetiva y subjetiva
6.8. Castigo y subjetividad
6.9. Terrorismo y terroristas (El hábito no hace al monje pero le asfixia)
6.10. Criminales sí, enemigos no
6.11. In principio erat verbum
6.12. Escolio o postdata para no terminar
6.13. Pero se termina (¿se termina?)
BIBLIOGRAFÍA
Moral, derecho y política. Manipulaciónlingüística: lenguaje jurídico y lenguaje político.Discrepancias sobre el concepto y la naturalezadel terrorismo. Tratamiento penal como derechopenal de excepción y derecho penal del enemigo.El terrorismo como fenómeno internacional.Las últimas reformas de la legislación española.El terrorismo pasa por ser la peor plaga que hoy amenaza tanto a los Estados desarrollados como a los que integran el llamado tercer mundo. El concepto criminológico es muy fácil de aprehender: violencia, finalidad política, organización criminal, terror. Pero, a pesar del tiempo transcurrido desde su aparición sistemática a finales del siglo XIX, la doctrina no ha sido capaz de articular siquiera un concepto jurídico satisfactorio del fenómeno, y la razón es que el terrorismo no versa sobre un bien jurídico determinado, distinto del objeto de los demás delitos, sino que todos los bienes jurídicos, colectivos e individuales, pueden ser atacados por el terrorista en unidad de acto.Llama la atención observar que el terrorismo, al parecer, a pesar de su naturaleza sangrienta e indiscriminada, tiene atractivos morales suficientes como para que las mismas víctimas lleguen a justificar o al menos a suavizar la conducta tal vez más inhumana del mundo. La única explicación parece radicar en la aureola de héroe que se asigna el terrorista, y que están alegremente dispuestos a reconocerle sacerdotes y Obispos complacientes, más generosos con los hijos asesinos que con los hijos víctimas.que parecen estar peor educadas.Pero lo dicho no es todo. En ocasiones, el pueblo asiste atónito al fenómeno de confusión que genera el lenguaje político y manipulado que emplean los políticos gobernantes para tratar con los políticos criminales la procedencia de una solución al margen de los tribunales de justicia. El que tenga ojos para leer, que lea.\