TRIBUTACION INDIRECTA DE VALORES SOBRE ACTIVOS INMOBILIARIOS, LA

TRIBUTACION INDIRECTA DE VALORES SOBRE ACTIVOS INMOBILIARIOS, LA

GANDARILLAS MARTOS, SANTOS DE

19,00 €
IVA incluido
No disponible
Editorial:
TIRANT LO BLANCH
Año de edición:
2010
ISBN:
978-84-9876-643-1
Páginas:
185
Encuadernación:
Otros
Colección:
FINANCIERO
19,00 €
IVA incluido
No disponible

abreviaturas

I. LA PREVENCIÓN DEL FRAUDE EN EL SECTOR INMOBILIARIO

II. EL ARTÍCULO 108 DE LA LEY DEL MERCADO DE VALORES: INTRODUCCIÓN

III. NATURALEZA JURÍDICA
III.1.El artículo 108 de la ley del mercado de valores como ficción legal
III.2.El artículo 108 de la ley del mercado de valores como sanción

IV. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS

V. FINALIDAD DE LA REFORMA

VI. ACTUAL REDACCIÓN DEL ARTÍCULO 108 DE LA LEY DEL MERCADO DE VALORES

VII. COMPATIBILIDAD DEL ARTÍCULO 108 LEY DEL MERCADO DE VALORES CON EL DERECHO COMUNITARIO Y SU RÉGIMEN DE IMPOSICIÓN INDIRECTA

VIII. REGLA GENERAL: LA EXENCIÓN EN LA TRANSMISIÓN DE VALORES DEL ARTÍCULO 108 DE LA LEY DEL MERCADO DE VALORES

IX. ARTÍCULO 108.2.a) DE LA LEY DEL MERCADO DE VALORES: ADQUISICIONES DE VALORES EN EL MERCADO PRIMARIO Y SECUNDARIO
IX.1. Adquisiciones de valores en el mercado primario
IX.2. Adquisiciones de valores en el mercado secundario

X. ADQUISICIÓN DIRECTA, INDIRECTA Y AUMENTO DE CONTROL
X.1. Adquisición directa
X.2. Adquisición indirecta
X.2.a) Sociedad sobre la que se ejerce el control
X.2.b) Porcentaje en entidades pertenecientes al grupo
X.2.c) Concepto de grupo
X.2.d) Adquisición de valores de sociedades con patrimonio inmobilario por holding de empresas
X.3. Aumento de control
X.3.a) Problemas de derecho transitorio en el aumento de control

XI. ARTÍCULO 108.2.b) DE LA LEY DEL MERCADO DE VALORES: TRANSMISIÓN DE VALORES ADQUIRIDOS COMO CONTRAPRESTACIÓN POR LA APORTACIÓN DE INMUEBLES, AMPLIACIÓN O CONSTITUCIÓN DE SOCIEDADES
XI.1. Límite temporal entre aportación y transmisión

XII. ADQUISICIÓN DE ACCIONES PARA SU AMORTIZACIÓN

XIII. ELEMENTOS COMUNES A LAS DIFERENTES FORMAS DE TRIBUTACIÓN CONTEMPLADAS EN EL ARTÍCULO 108 DE LA LEY DEL MERCADO DE VALORES
XIII.1. Concepto de «valores»
XIII.2. El activo societario
XIII.2.a) Regla 1ª: sustitución del valor neto contable por valor real
XIII.2.b) Regla 2ª: especial consideración en el caso de empresas constructoras
XIII.2.c) Regla 3ª: momento de realización de la valoración y obligaciones formales accesorias

XIII.2.d) Regla 4ª: límites a la inclusión de financiación ajena
XIII.2.e) Titularidad dominical de los activos
XIII.3. Bienes inmuebles incluidos

XIV. BASE IMPONIBLE: SU CÁLCULO

XV. EXCEPCIÓN A LA APLICACIÓN DE LA MEDIDA ANTIELUSIVA

XVI. GESTIÓN DEL ARTÍCULO 108 DE LA LEY DEL MERCADO DE VALORES
XVI.1. Sujeto pasivo
XVI.2. Lugar de realización del impuesto
XVI.3. Documentación a aportar
XVI.4. Comprobación de valores

XVIII. EL ARTÍCULO 108 DE LA LMV EN RELACIÓN CON OTROS IMPUESTOS
XVII.1. Relación del artículo 108 de la ley del mercado de valores con el impuesto sobre la renta de las personas físicas
XVII.2. Relación del artículo 108 de la ley del mercado de valores con el impuesto sobre sucesiones y donaciones
XVII.3. Relación del artículo 108 de la ley del mercado de valores con el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana

XVIII. CONCLUSIONES

Bibliografía

La facilidad con la que se podía evitar la aplicación de la norma antielusoria del artículo 108 de la LMV, hacía pensar en una pronta reforma del precepto. La ocasión ha tenido lugar con la Ley 36/2006 de Prevención del Fraude Fiscal, a sugerencia de las Comunidades* Autónomas, en la actualidad beneficiarías del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. El resultado de la reforma no puede resultar más dispar. Los nuevos supuestos incluidos en la tipificación del precepto tienen una finalidad esencialmente recaudatoria, dando un tratamiento uniforme a situaciones económica, jurídica y societariamente distintas, con el consiguiente quebranto del principio de justicia tributaria. Pese a ganar en cuanto a la seguridad jurídica, se introducen supuestos que, por su indeterminación, plantean serios problemas de interpretación. La presente obra pretende dar respuesta a varias cuestiones, en algunos casos, al margen de lo que hasta la fecha se ha publicado sobre el controvertido artículo; no sólo en cuanto a su interpretación, alcance y naturaleza, sino también en lo que respecta a su gestión, aplicación y relación con alguno de los Impuestos de nuestro Sistema Fiscal.
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